MINCIT propone prohibir importación de bienes producidos con trabajo forzoso

MINCIT propone prohibir importación de bienes producidos con trabajo forzoso

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó para comentarios un proyecto de decreto que prohibiría la importación al territorio aduanero nacional de bienes extraídos, producidos, manufacturados o transformados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso u obligatorio.

Para efectos de la prohibición, se entendería por trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a una persona bajo amenaza de una pena y para el cual esta no se haya ofrecido voluntariamente, de acuerdo con el estándar de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La prohibición abarcaría todas las etapas de la cadena de suministro, incluidas la extracción, el cultivo, la cosecha, la manufactura, el ensamble, el procesamiento y el acabado, así como todos los regímenes y modalidades aduaneras. Se exceptuarían el servicio militar obligatorio, las obligaciones cívicas normales, el trabajo penitenciario bajo control público, los casos de fuerza mayor y los pequeños trabajos comunales.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) sería la entidad encargada de controlar, verificar y fiscalizar las mercancías, así como de aprehenderlas y decomisarlas cuando corresponda. Por su parte, el MINCIT apoyaría la formulación de políticas y el intercambio de información, mientras que el Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) brindaría apoyo técnico para la identificación de indicadores de trabajo forzoso.

Las partes interesadas pueden enviar sus comentarios a este proyecto de decreto hasta el 15 de agosto de 2026 al correo electrónico mleonel@mincit.gov.co.

Para más detalles, consulte el siguiente documento.

Ver: Proyecto Decreto Prohibición importaciones trabajo forzoso – MINCIT – INCP

Redacción INCP

Iniciar sesión Tienda Online Contáctanos