CTCP emitió concepto sobre pérdida y reconstrucción de los libros de contabilidad
Por medio del Concepto 0389 de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) respondió a una consulta realizada sobre la pérdida de la información de los libros de contabilidad en virtud del fallecimiento del contador público. Ante esta situación, el CTCP recomienda seguir los siguientes pasos:
- Informar del fallecimiento del contador directamente a la Junta Central de Contadores (JCC) como autoridad disciplinaria de la profesión contable y la encargada del registro, inspección y vigilancia de los contadores y entidades prestadoras de servicios contables con el fin de cancelar la inscripción del registro profesional correspondiente.
- Denunciar la pérdida, extravío o destrucción de los libros y papeles de contabilidad ante la Policía Nacional o ante la Fiscalía General de la Nación. De conformidad con el artículo 18 del Anexo 6 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 “Normas sobre Sistema Documental” que establece que ante estos casos se debe denunciar ante las autoridades competentes junto con la constancia de que los mismos se hallaban registrados si fuere el caso.
- Reconstrucción inmediata de los libros, esto debe hacerse dentro de los seis meses siguientes a su pérdida, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias, los estados financieros certificados, informes de terceros y los demás documentos que se consideren pertinentes. De conformidad con lo mencionado en el artículo 18 del anexo 6 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.
Por último, el CTCP enuncia otros conceptos emitidos que abordan el tema, entre estos se encuentran:
No. | Concepto | Fecha |
2021-0532 | Reconstrucción de la contabilidad | 11/8/2021 |
2021-0102 | Responsabilidades del contador en la reconstrucción contable. | 3/31/2021 |
2021-0040 | Reconstrucción de documentos contables | 4/5/2021 |
Redacción INCP