Distrito lanza programa ‘Empleo Incluyente’
La Alcaldía de Bogotá publicó el Decreto 399 de 2022*, por el cual se crea el programa “Empleo Incluyente” el cual pretende incentivar la contratación laboral de aquellos grupos poblacionales que enfrentan brechas de acceso al empleo formal. Este programa va dirigido a la población residente en la ciudad de Bogotá que se encuentre en la búsqueda de empleo, no tengan ningún tipo de relación laboral vigente o de prestación de servicios al momento de suscribir el contrato laboral, y que pueda acreditar al menos una de las siguientes condiciones de vulnerabilidad por las cuales enfrentan dificultades de inclusión laboral:
- La población mayor de 50 años
- Los jóvenes (de 18 a28 años)
- Las mujeres
- Las personas con discapacidad certificada
- Las personas en proceso de reincorporación, reintegración o desmovilizados
- Las personas en pobreza SISBEN grupos A, B y C hasta nivel C5
- Las personas víctimas del conflicto armado
- Las personas con pertenencia a un grupo étnico: población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera, indígena o rom
- Las personas trans
- Las personas que realizan actividades sexuales pagadas
- Los recicladores de oficio en reconversión laboral
- Los jóvenes mayores de 18 años que estén o estuvieron en protección del ICBF
- La población postpenitenciaria, privada de la libertad al menos tres meses
- Las personas víctimas de violencia de género
- Las persona en habitabilidad en calle
- Las personas víctimas de trata de personas
- Los vendedores informales en reconversión laboral
- La población migrante
- La población rural
Por su parte, las empresas que deseen participar del programa deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar formalizadas en la ciudad de Bogotá D.C.
- Demostrar una vinculación laboral formal de al menos tres meses consecutivos con la población señalada en el decreto, por medio de un contrato laboral con un término de duración de seis meses o más. El contrato que acredite la vinculación laboral no podrá tener una remuneración inferior a un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
Las empresas que cumplan con las condiciones requeridas por el programa podrán tener un beneficio en precios corrientes. Es decir, se les otorgará una suma de dinero que se calcula teniendo en cuenta la condición de la persona contratada y el término del contrato laboral. Algunas precisiones sobre el programa son:
- En el caso que una persona cumpla con más de una condición de vulnerabilidad, el valor del beneficio se acumulará máximo por dos condiciones, excepto para las personas Trans quienes, por su condición, tienen un precio del beneficio único y superior a otras poblaciones.
- El beneficio será entregado en una sola cuota a cada empresa, al finalizar los tres primeros meses del contrato laboral.
- El beneficio no se activará para la población joven de 18 a 28 años hasta la finalización del programa empleo joven el 1 de marzo de 2023, fecha en la cual será posible la vinculación de este grupo poblacional.
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico emitirá una resolución en la que señale el modelo de ejecución del programa y establezca la fecha a partir de la cual se reconocerán las contrataciones laborales que podrán postularse al beneficio. Para más información y conocer los valores del programa, consulte el documento en mención a continuación.
Ver: Decreto 399 de 2022
*“Por medio del cual se crea el Programa Empleo Incluyente para el cierre de brechas de población de difícil empleabilidad y se dictan otras disposiciones».
Redacción INCP