CTCP aclara cómo un profesional contable extranjero puede ejercer en Colombia

Por medio del Concepto 0366 de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) resolvió la siguiente inquietud relacionada con el ejercicio en Colombia por parte de un profesional contable extranjero:
¿Qué trámite debe realizar un profesional en contaduría pública de un país extranjero para que su profesión sea válida en Colombia?
De conformidad el artículo 1 y 3 de la Ley 43 de 1990, la inscripción como contador público en Colombia se acreditará mediante la tarjeta profesional expedida por la Junta Central e Contadores (JCC). Para ser inscrito como contador ante la JCC, la persona natural debe ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles, o un extranjero domiciliado en Colombia al menos 3 años antes de realizar la solicitud de inscripción como contador público en el país. Este último, además, deberá haber obtenido el título de contador en una institución extranjera que tenga celebrados convenios sobre reciprocidad de títulos con nuestro país, el cual deberá estar refrendado por el organismo gubernamental autorizado para tal efecto.
Redacción INCP