¿Quién vigila a las Entidades sin Ánimo de Lucro extranjeras?

¿Quién vigila a las Entidades sin Ánimo de Lucro extranjeras?

La Superintendencia de Sociedades publicó una guía titulada “Capacitación de funciones de inspección, vigilancia y control de ESALES extranjeras”, en la cual explica el proceso de vigilancia de las Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) extranjeras con negocios permanentes en Colombia.

El documento precisa que el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control de las ESAL extranjeras con negocios permanentes en Colombia está a cargo del superintendente de sociedades. El objetivo de ejercer estas funciones es que dichas entidades cumplan con la voluntad de sus fundadores y que sus rentas se conserven y sean debidamente reinvertidas en el objeto social de la organización.

Respecto al deber de llevar contabilidad, las ESALES extranjeras con negocios permanentes en Colombia están obligadas a presentarla de acuerdo con el marco de los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.

Por último, la publicación detalla que la herramienta utilizada por la SuperSociedades para ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control a las ESAL extranjeras es el Informe 77 – Reporte ESAL extranjeras, el cual debe ser diligenciado y presentado por los apoderados y representantes de dichas entidades.

Para más detalles, consulte el documento a continuación.

Ver: Capacitación de funciones de inspección, vigilancia y control de ESALES extranjeras – Supersociedades

Redacción INCP

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