Sociedades BIC no están obligadas a usar un estándar específico para su informe de gestión

Sociedades BIC no están obligadas a usar un estándar específico para su informe de gestión

La Superintendencias de Sociedades (SuperSociedades) publicó un comunicado de prensa en el cual informa a la opinión pública que recientemente ha circulado información fraudulenta por medio de la cual se indica que la SuperSociedades solicitará y recomendará la elaboración del reporte de gestión BIC a través del estándar ISO 2600.

Ante esto, la Superintendencia indica que en ningún caso recomienda o insta a la utilización de una metodología de reporte específica, pues ello es contrario al principio de autorregulación que permite a las compañías emplear y escoger el estándar que más se adecue a la medición de impactos de su objeto social en lo que a Sociedades BIC respecta.

Recordemos que, de acuerdo con la Resolución 200-004394 de 2018, las sociedades BIC pueden emplear los siguientes estándares para su reporte:

  1. La Evaluación B
  2. Los Estándares GRI
  3. La Norma ISO 26000
  4. SDG Compass
  5. Serie de normas AA1000.

No obstante, ninguno de los citados estándares es mandatorio, pues cada sociedad deberá escoger -de acuerdo con sus necesidades y realidades- el estándar que más se adecue a su objeto social.

Ante esto, el superintendente de sociedades, Billy Escobar Pérez, afirmó:

Hacemos un llamado a todos nuestros supervisados para que por favor hagan caso omiso a este tipo de información fraudulenta que en nada obedece a la realidad. Esta Superintendencia no recomienda en ningún caso la presentación de reportes de gestión BIC mediante una metodología o estándar de reporte en específico, pues esta decisión recae en la administración social.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Comunicado de prensa BIC – Supersociedades

Redacción INCP

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