¿Los contadores públicos que son servidores públicos pueden ser accionistas de una firma?

¿Los contadores públicos que son servidores públicos pueden ser accionistas de una firma?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) publicó el Concepto No. 0029 del 2024, en el cual absolvió la siguiente pregunta respecto al servidor público accionista en una sociedad de contadores:

¿Los contadores públicos que son servidores públicos en carrera administrativa pueden ser accionistas de una entidad de servicios contables?

El CTCP afirmó que a la luz de las disposiciones de la Ley 43 de 1990 (artículos del 47 al 51), el contador que figura como servidor público puede ser accionista de una sociedad privada, siempre que no preste servicios de su profesión o relacionados con los conocimientos que haya adquirido en su relación laboral con el Estado por medio de dicha firma. De prestar este tipo de servicios, el profesional cometería una falta disciplinaria.

Ver: Concepto No. 0029 del 2024 – CTCP

Redacción INCP

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