Se aplazó la entrada en vigor del régimen de reservas técnicas para aseguradoras

Se aplazó la entrada en vigor del régimen de reservas técnicas para aseguradoras

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Minhacienda) expidió el Decreto 0229 del 5 de marzo de 2026, mediante el cual aplazó la entrada en vigor del régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras del Decreto 1272 de 2024[1] en el marco del proceso de convergencia hacia la NIIF 17 – Contratos de seguro.

Se dispuso que las entidades aseguradoras deberán cumplir las disposiciones previstas en el Decreto 1272 de 2024 a partir del 1 de enero de 2028, aplazando así el plazo originalmente establecido (1 de enero de 2027). Esta decisión va en línea con el reciente aplazamiento de la entrada en vigor en Colombia de la NIIF 17.

Recordemos que el Decreto 1272 de 2024 modernizó el régimen de reservas técnicas, el cual corresponde al conjunto de reglas que obligan a las aseguradoras a calcular, constituir y ajustar periódicamente provisiones contables destinadas a cubrir las obligaciones derivadas de los contratos de seguro, con el fin de garantizar el cumplimiento de los compromisos con tomadores y asegurados. Estas reservas reflejan la mejor estimación de los flujos futuros asociados a los seguros, incluyendo ajustes por riesgo y otros elementos técnicos que permiten medir de manera más precisa las obligaciones de las entidades aseguradoras.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Decreto 0229 del 5 de marzo de 2026

Redacción INCP


[1] Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones.