Se aplazó la entrada en vigor de la NIIF 17 hasta el 1 de enero de 2028
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó el Decreto 0217 del 5 de marzo de 2026 por medio del cual aplazó la entrada en vigor de la Norma Internacional de Información Financiera 17 (NIIF 17) – Contratos de seguros, incorporada al marco contable colombiano por medio del Decreto 1271 de 2024*, de modo que su aplicación ya no iniciaría el 1 de enero de 2027, sino hasta el 1 de enero de 2028.
Esta medida se adoptó tras la realización de un análisis técnico por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) y una solicitud presentada por la Federación de Aseguradores Colombianos (FASECOLDA) a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera -URF- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual señaló la existencia de brechas en la adopción de herramientas tecnológicas, en la disponibilidad de datos históricos y en la capacidad operativa de las entidades aseguradoras para realizar las pruebas de transición y paralelismo requeridas para la implementación de la NIIF 17.
Por su parte, la Superfinanciera respaldó la medida propuesta argumentando que el cambio en la fecha de entrada en vigor permitiría a sus entidades vigiladas realizar los ajustes necesarios y mitigar riesgos en la transición, asegurando la sostenibilidad del sector.
Para más información, consulte el documento a continuación.
Ver: Decreto 0217 del 5 de marzo de 2026
Redacción INCP
* Por el cual se incorpora la Norma de Internacional de Información Financiera NIIF 17 – Contratos de seguros, al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y se dictan otras disposiciones.
