El CTCP no suministra documentos relacionados con informes, dictámenes o denuncias para uso de las entidades
Dentro de lo establecido en la Ley 1314 de 2009, la Ley 43 de 1990 y el Decreto 3567 de 2011, en donde se señalan las funciones y responsabilidades del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), no se encuentra estipulado que esta entidad tenga la facultad de suministrar documentos como informes, dictámenes, denuncias o algún tipo de reporte que las entidades en general puedan usar. Sin embargo, el CTCP dispone en su página www.ctcp.gov.co, los procedimientos y formatos (contenidos en el Decreto 2420 de 2015 y su modificatorio) para su consulta, según lo presentado en la respectiva normatividad señalada (NIA 300, NIA 580, NIA 700, NIA 705, NIA 706, entre otras).
Concepto 488 / 13-06-2016 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Fuente: Redacción INCP