El nuevo Plan Nacional de Desarrollo tendría incidencia en algunas normas tributarias

El nuevo Plan Nacional de Desarrollo tendría incidencia en algunas normas tributarias

El pasado 6 de febrero se radicó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2022 el cual ha sido titulado “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Este contempla algunas modificaciones en materia tributaria.

Exención de impuestos en las transferencias de inmuebles. Por medio del artículo 267 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) se establece que todas las entidades públicas de orden nacional deberán transferir a la Central de Inversiones S.A. (CISA) -de manera gratuita y a través de acto administrativo- los inmuebles, participaciones accionarias y activos de su propiedad que no sean de utilidad o no requieran para el ejercicio de sus funciones. La transferencia de estos activos estará exenta de impuestos nacionales y gastos asociados.

Asimismo, en el parágrafo tercero del artículo 157 del PND, se menciona que en el caso de los bienes inmuebles fiscales de carácter no financiero del orden municipal y distrital, se suprimirán las deudas por conceptos de tributos, en relación con la transferencia a título gratuito de bienes de naturaleza fiscal de carácter no financiero.

Unidad de Valor Básico (UVB). Por medio del artículo 254 se creará la Unidad de Valor Básico (UVB), la cual será publicada antes del primero de enero de cada año y reemplazará los valores representados en salarios mínimos o en la Unidad de Valor Tributario (UVT). Adicionalmente, el parágrafo cuarto del artículo 254 del proyecto de ley dice que “Los valores que se encuentren definidos en salarios mínimos o en UVT en la presente ley, deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Básico -UVB- conforme lo dispuesto en el presente artículo”.

Supresión de deudas. El artículo 271 del presente proyecto adiciona el parágrafo transitorio 2 al artículo 820 del Estatuto Tributario, el cual establece que hasta el 31 de diciembre de 2025 la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá suprimir de manera masiva las deudas de los contribuyentes que estén sin respaldo económico por no existir bienes suficientes, ni garantía alguna, siempre que las mismas tengan una antigüedad mayor a 4 años a partir del el vencimiento de la obligación. Las supresiones se realizarán por medio de acto administrativo.

Registro Universal de Ingresos (RUI). Mediante al artículo 55 se creará el Registro Universal de Ingreso (RUI) con el fin de determinar la focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social. Para cumplir con este propósito, la DIAN proporcionará al Departamento Nacional de Planeación (DNP) información de declaraciones tributarias, aduaneras y cambiarias; información exógena y la información del sistema de factura electrónica de que trata el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 18 y 19 de la Ley 1712 de 2014.

Impuesto predial. En el parágrafo tercero del artículo 36 del proyecto se menciona que mediante una propuesta de ley, elaborada conjuntamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el DNP, se limitará el crecimiento del Impuesto Predial Unificado derivado del reajuste del avalúo catastral -propuesto por este mismo artículo- bajo los principios de progresividad y fortalecimiento de las finanzas públicas territoriales. Por otro lado, el artículo 139 permitirá que las entidades territoriales puedan comprometer un porcentaje del recaudo del impuesto predial unificado o establecer una sobretasa para la sostenibilidad de los sistemas de transporte público.

Incentivo a la creación de nuevos empleos. Si bien esta modificación no es de carácter tributario, es de interés para las empresas y empleadores. El artículo 63 extiende el plazo del incentivo a la generación de nuevo empleo definido en el artículo 24 de la Ley 2155 de 2021, por lo tanto, los empleadores y empresas podrán seguir disfrutando de los beneficios de este incentivo por tres años más.

Ver: Proyecto Plan Nacional de Desarrollo

Redacción INCP

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