Se amplió el plazo para que los organismos de acción comunal realicen el suministro inicial de información al RUB

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución No. 000219 del 27 de junio de 2025*, por medio de la cual amplió el plazo (hasta el 31 de enero de 2026) para que los organismos de acción comunal realicen el suministro inicial de información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).
Recordemos que por medio de la Resolución No. 000006 de 2025**, la DIAN había extendido este plazo, estableciendo que los organismos de acción comunal constituidos al 30 de abril de 2024 debían efectuar el suministro inicial de la información en el RUB a más tardar el pasado 30 de junio de 2025. Por su parte, aquellos que se constituyeron a partir del 1 de mayo de 2024, debían hacerlo dentro de los dos meses siguientes a su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT).
Sin embargo, debido a la solicitud de ampliación de plazos realizada el pasado 4 de junio por el presidente de la Confederación Nacional de Juntas de Acción Comunal, durante una mesa de trabajo interinstitucional con la DIAN, se decidió postergar el plazo así:
Los organismos de acción comunal constituidos al 30 de noviembre de 2025 deberán efectuar el suministro inicial de la información en el RUB, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar el 31 de enero de 2026. Por su parte, los constituidos a partir del 1 de diciembre de 2025 deberán hacerlo a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la inscripción en el RUT.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución No. 000219 de 2025 – DIAN
*”Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, adicionado por la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023 y modificado por la Resolución 000006 del 24 de enero de 2025”.
**”Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, adicionado por la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023 y modificado por la Resolución 000109 del 12 de julio de 2024”.
Redacción INCP