Exógena sobre predial y vehículos en Bogotá deberá reportarse hasta el 4 de diciembre
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH), mediante la Resolución DDI-038292 de 2026, estableció los sujetos obligados, el contenido y las condiciones para reportar información tributaria relacionada con los contribuyentes de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores.
La obligación comprende, entre otros, a entidades distritales y nacionales, establecimientos de crédito, sociedades fiduciarias, compañías de financiamiento y leasing, así como personas jurídicas que desarrollen obras o procesos de englobe, desenglobe, propiedad horizontal o loteo sobre inmuebles ubicados en Bogotá. También se incluyen determinadas entidades religiosas, gremiales y de asistencia pública.
La información deberá corresponder al corte del 30 de septiembre de 2026 o, según el tipo de dato solicitado, a hechos ocurridos entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
El envío se realizará únicamente de forma electrónica a través de la plataforma dispuesta por la SDH. Los archivos deberán cumplir las especificaciones técnicas definidas por la resolución, entre ellas el formato de presentación, la identificación del predio mediante código CHIP y la codificación correspondiente a la condición reportada. El plazo para presentar esta información vence el 4 de diciembre de 2026.
La información será utilizada para realizar estudios y cruces destinados al control de los impuestos predial y de vehículos. El incumplimiento de la obligación de reportar podrá dar lugar a las sanciones previstas en la normativa distrital y en el artículo 651 del Estatuto Tributario (E.T.).
Para más detalles, consulte el siguiente documento.
Ver: Resolución DDI-038292 de 2026 – SDH – INCP
Redacción INCP
