DIAN prescribió el formulario para liquidar el anticipo bimestral del SIMPLE

DIAN prescribió el formulario para liquidar el anticipo bimestral del SIMPLE

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución No. 000081 del 30 de abril de 2024*, con la cual prescribió el Formulario No. 2593 – Recibo electrónico del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) junto con su anexoe instructivo para que los contribuyentes del impuesto unificado bajo el SIMPLE cumplan con sus obligaciones tributarias para el año gravable 2024.

Recordemos que mediante la Sentencia C-540 emitida por la Corte Constitucional el pasado 5 de diciembre de 2023, se declararon inexequibles algunas disposiciones del Estatuto Tributario (E.T.) interpuestas por la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022), entre las cuales se encuentran los siguientes numerales del artículo 908 sobre las tarifas de las actividades del SIMPLE:

  • Numeral 4 del parágrafo 4 del artículo 908 del E.T: actividades de educación y actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.
  • Numeral 5 del parágrafo 4 del artículo 908 del E.T: servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

Asimismo, la Corte revivió la tarifa anterior a la Ley 2277 de 2022 de los servicios del ya mencionado numeral 5. Por lo cual, la DIAN consideró necesario prescribir un nuevo formulario para cumplir con la declaración de la Corte.

Los contribuyentes obligados a presentar el formulario en mención deberán hacerlo a través de los servicios informáticos de la DIAN. Así mismo, este formulario estará a disposición de forma virtual en la página web de la entidad, en el servicio de usuarios registrados, para su diligenciamiento y presentación.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Resolución No. 000081 de 2024 – DIAN

*Por la cual se prescribe el Formulario No. 2593 y su instructivo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE para el año gravable 2024 y siguientes.

Redacción INCP

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