La importación temporal se realiza para las mercancías que se destinan para la reexportación

La importación temporal se realiza para las mercancías que se destinan para la reexportación

La importación temporal es esa que se hace al territorio aduanero nacional, con suspensión de los tributos de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga y con base en la cual su disposición quedará restringida. Precisando que las mercancías que no sean fungibles, o que no puedan ser identificadas no podrá utilizar este modelo de importación.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/Concepto-13387.pdf» color=»#47AFFF»] Concepto 13387/ 28-04-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

 Tomado de: Notinet

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