Los trámites de exportación son iniciados con la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embargue

Los trámites de exportación son iniciados con la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embargue

De acuerdo con el artículo 266 del Decreto 2655 de 1999, el trámite de una exportación se inicia con la presentación y aceptación, de una solicitud de autorización de embargue, a través de los servicios informáticos electrónicos, y en la forma y con los procedimientos establecidos por la normatividad en vigencia, cabe resaltar que, autorizado el embarque, embarcada la mercancía y certificado el embarque por parte del transportador, el declarante deberá presentar la declaración de exportación correspondiente, en la forma y condiciones que establezca la DIAN.

 [cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/Concepto-13393.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 13393/ 07-05-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

 Tomado de: Notinet

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