La DIAN aclara que el Decreto 4320 continuará vigente hasta que se complete la aplicación escalonada del artículo 674 del Decreto 390 de 2016

La DIAN aclara que el Decreto 4320 continuará vigente hasta que se complete la aplicación escalonada del artículo 674 del Decreto 390 de 2016

dianLa DIAN, en respuesta a una consulta, aclara que el Decreto   4320 de 2008, que fue modificado por 4675 de 2008, que contienen la reglamentación referida al ingreso e importación de bebidas alcohólicas a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribía y Manaure, continúa vigente debido a que según lo establecido en el artículo 674 del Decreto 390 de 2016, señala que la entrada en vigencia del mismo se hará de manera escalonada y hasta que no se reglamente el Decreto 4320 de 2008 seguirá rigiendo. Conociendo esto, será pertinente explicar que las mercancías que ingresen a estas zonas de régimen especial que no cumplan con los requerimientos legales podrán ser aprehendidas teniendo en cuenta lo establecido actualmente en la reglamentación del régimen especial. 

Concepto 100208221 00524 / 10-06-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales 

Fuente: Redacción INCP

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