Emitidas medidas especiales para aplicar al momento de definir las zonas francas

Emitidas medidas especiales para aplicar al momento de definir las zonas francas

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo procedió a modificar el procedimiento para la declaratoria de zonas francas, de este modo se estableció que la entidad tendrá la competencia para determinar la existencia de zonas francas mediante acto administrativo debidamente motivado, previa aprobación del Plan Maestro de Desarrollo General de Zona Franca, concepto favorable de viabilidad de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas y verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto y en la demás normas vigentes sobre la materia. Entrado a regir el presente a partir de los 6 meses siguientes a la fecha de publicación y derogando las disposiciones que le sean contrarias, en especial el inciso 1, 2 y el parágrafo 2 del artículo 392-1, el artículo 392-5. el artículo 393-1 a artículo 393-6, artículo 410- a 410-5 del Decreto 2685 de 1999.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/decreto-1300-mcit.pdf» color=»#47AFFF»]Decreto 1300 / 18-06-2015 / Ministerio de Comercio Industria y Turismo[/cryout-button-color]

 Tomado de: Notinet