MinTrabajo se refirió a los descuentos en el salario de los trabajadores

Por medio del Concepto 11043 de 2023, el Ministerio del Trabajo resolvió, entre otras, las siguientes inquietudes relacionadas con la retención y descuento en el salario del trabajador:
¿Para cuáles o en qué casos procede la retención, deducción o compensación de salarios con la mera orden suscrita por el trabajador?
De conformidad con el artículo 149 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), el empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario sin una orden suscrita por el trabajador o sin mandamiento judicial. En el caso de existir orden del trabajador y la retención o deducción afecte el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), se requerirá también orden judicial.
Por otra parte, cuando exista la autorización por parte del trabajador, se podrán efectuar descuentos sobre las cuotas sindicales, de cooperativa y cajas de ahorros, cuotas con destino al seguro social obligatorio, cuotas de sanciones disciplinarias impuestas de conformidad con el reglamento del trabajo debidamente aprobado y sobre las cuotas de la contribución solidaria a la educación superior para el servicio de apoyo para el acceso y permanencia de beneficiarios activos en educación superior.
¿Puede una cooperativa financiera ordenar la retención, deducción o compensación de salarios y prestaciones sociales de un trabajador-deudor, enviando al empleador la mera autorización escrita emitida por éste con la respectiva copia del título valor donde consta la obligación, y no adelantar el procedimiento ejecutivo para lograr el embargo de este rubro?
Siempre que existan las autorizaciones por parte del trabajador y la respectiva copia del título valor donde consta la obligación, la cooperativa financiera puede ordenar al empleador el pago de la deuda hasta por un 50 % de sus salarios y prestaciones sociales, toda vez que no se afecte la parte del SMMLV de acuerdo con el artículo 59 del CST. Cabe señalar que, si los descuentos ordenados llegan a afectar el SMMLV, se debe presentar también una orden judicial que lo permita.
Para más información, consulte el concepto completo a continuación.
Ver: Concepto 11043 de 2023 – MinTrabajo
Redacción INCP