Procedimientos para recibir el incentivo a la creación y permanencia de empleos

El Ministerio de Trabajo (MinTrabajo) publicó la Resolución 4451 del 9 de noviembre de 2023*, la cual establece los procesos y las condiciones que deberán tener en cuenta las entidades que deseen beneficiarse del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales.
Así las cosas, esta resolución se refiere a:
- El monto del incentivo
- Las reglas y el procedimiento que deben considerar los interesados en postularse al incentivo.
- El procedimiento que adelantarán las entidades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito en la validación de los documentos de postulación.
- El registro consolidado a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP)
- Los procesos de desistimiento, restitución, devolución y compensación aplicables a la operación del incentivo
Así bien, el monto del incentivo oscila entre el 10 % y el 25 % de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) por cada trabajador adicional de acuerdo con ciertas condiciones, tales como la edad y el género. Entre los requisitos de postulación más relevantes se encuentran:
- Tener una cuenta de depósito en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia (SuperFinanciera) o por la Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria).
- Presentar la documentación requerida en el artículo 2.2.6.1.10.6 del Decreto 1072 de 2015.
- Presentar el formulario estandarizado dispuesto por la UGPP para tal fin, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal del empleador.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución 4451 de 2023 – MinTrabajo
Redacción INCP
*Por la cual se definen los procesos y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión del otorgamiento del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales, las reglas y el procedimiento de postulación