Retención en la fuente a rendimientos generados por los fondos de inversión colectiva

Retención en la fuente a rendimientos generados por los fondos de inversión colectiva

indicacionLa retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta, a los rendimientos generados en los fondos de inversión colectiva, se practicará sobre las utilidades que se paguen a los partícipes o suscriptores de dichos fondos, de manera que la retención sucede cuando haya un pago efectivo al beneficiario y no en otro momento ya que así lo establece el Estatuto Tributario y el Decreto 1848 de 2013

 Concepto 143 / 18-03-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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 Tomado de: Notinet

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