Tratamiento de bienes intangibles en las NIIF para empresas del grupo PYMES
Los programas informáticos que necesitan de un programa específico para funcionar, son parte integrante del ordenador y por lo tanto deben ser tratados como elementos de las propiedades, planta y equipo; en el caso de que los programas informáticos que van a ser vendidos no constituyan parte integrante del equipo serán tratados como activos intangibles según las normas internacionales de información financiera (NIIF).
Concepto 337 / 29-03-2016 / Consejo Técnico de la Contaduría Publica
Tomado de: Notinet