Mintrabajo: fecha límite para el registro de la autoevaluación del SG-SST
El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0027 del 26 de febrero de 2026, mediante la cual recordó a empleadores públicos y privados, contratantes de personal y demás obligados, el deber de realizar y registrar la autoevaluación anual de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), así como el respectivo plan de mejoramiento.
Recordemos que, conforme a la Resolución 0312 de 2019[1], todos los años los empleadores y contratantes deben:
- Realizar la autoevaluación del año inmediatamente anterior.
- Formular el plan de mejoramiento con base en los resultados obtenidos.
- Efectuar el respectivo registro en la plataforma dispuesta para tal fin.
La circular precisa que, para la vigencia 2026, deberá registrarse la autoevaluación correspondiente al año 2025 junto con el plan de mejoramiento derivado de sus resultados hasta el 31 de julio de 2026 por medio del siguiente enlace https://sgrl.mintrabajo.gov.co/.
Para más detalles, consulte el documento a continuación.
Ver: Circular 0027 del 26 de febrero de 2026
Redacción INCP
[1]Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST
