La transformación de una S.A. a S.A.S. requiere estados financieros base

La transformación de una S.A. a S.A.S. requiere estados financieros base

La Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), mediante el Oficio 115-323554 de 2026, explicó que la transformación de una Sociedad Anónima (S.A.) a una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) debe sustentarse en estados financieros base para la reforma estatutaria, aunque la cámara de comercio no exija su presentación física para efectuar el registro mercantil.

La transformación constituye una reforma estatutaria y, por tanto, debe cumplir los requisitos contables previstos en el numeral 4.2 del Capítulo IV de la Circular Básica Contable, relativo a los estados financieros base para reformas.

Supersociedades señaló que no existe una excepción que permita omitir estos estados financieros por el hecho de que la sociedad resultante sea una S.A.S. ni porque la cámara de comercio no los solicite para el registro.

El requisito busca que el máximo órgano social cuente con información financiera actualizada sobre la situación de la compañía al momento de aprobar la transformación.

Para más detalles, consulte el siguiente documento.

Ver: Oficio 115-323554 de 2026 – Supersociedades – INCP

Redacción INCP

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