Eliminado el límite global del 30 % a las inversiones en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias

Eliminado el límite global del 30 % a las inversiones en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Minhacienda), mediante el Decreto 1490 de 2026, eliminó el límite global del 30 % que restringía las inversiones en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). La medida deroga el Decreto 369 de 2026[1].

Este último decreto, expedido en abril de 2026, establecía que las AFP debían reducir progresivamente sus inversiones internacionales para ajustarse al límite del 30 % y destinar las nuevas cotizaciones a activos del mercado nacional. Asimismo, exigía presentar ante la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) un plan de ajuste dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia.

Según los análisis técnicos que sustentan el nuevo Decreto 1490 de 2026, mantener una restricción geográfica uniforme podía incrementar los riesgos de los portafolios y reducir la rentabilidad esperada del ahorro pensional. Además, dificultaba la aplicación del esquema multifondos, que permite administrar los recursos mediante estrategias diferenciadas según el perfil de riesgo y las características de los afiliados.

Minhacienda aclaró que la eliminación del límite del 30 % no implica que las inversiones en el exterior queden sin restricciones. Las AFP deberán continuar cumpliendo lo contemplado en el régimen general de inversiones establecidos en los artículos 2.6.12.1.2 y siguientes del Decreto 2555 de 2010[2].

Para más detalles, consulte el siguiente documento.

Ver: Decreto 1490 de 2026 – Minhacienda – INCP

Redacción INCP


[1] Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

[2] Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

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