MinTrabajo realiza aclaración sobre los exámenes de preingreso al trabajo

MinTrabajo realiza aclaración sobre los exámenes de preingreso al trabajo

Por medio del Concepto 42057 del 14 de agosto de 2023, el Ministerio del Trabajo resolvió la siguiente inquietud relacionada con los exámenes de preingreso al trabajo):

¿Es legal que una empresa practique exámenes de serología como parte de los exámenes de ingreso al trabajo, teniendo de presente que el trabajo es de carácter administrativo y que no se comunicó previamente qué tipo de examen sería?

Al tenor de la Resolución 236 de 2007 que regula los exámenes de preingreso, MinTrabajo aclara que estos exámenes se practican con la finalidad “de que el empleador conozca las condiciones generales de salud (físicas, mentales y sociales) del trabajador antes de ser contratado”. Sin embargo, se deben practicar en virtud de las labores que desarrollará la persona y a las condiciones a las que se expondrá en el sitio de trabajo. La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-305 de 2020, precisa que los exámenes de preingreso deben realizarse con el consentimiento previo del aspirante y con el conocimiento pleno del tipo de exámenes que se le solicitan.

Así las cosas, MinTrabajo subraya que los empleadores no tienen derecho a pedir a los candidatos que se sometan a pruebas de embarazo o análisis serológicos, a menos que puedan demostrar que estas condiciones puedan representar un riesgo para el cargo a desempeñar.

Por último, siempre que se practiquen los mencionados exámenes, los resultados deben tratarse con estricta confidencialidad y comunicársele al empleador mediante un certificado informando si existen restricciones, recomendaciones o condiciones para que el trabajador pueda desempeñar su labor.

Ver: Concepto 42057 de 2023- exámenes de preingreso – MinTrabajo

Redacción INCP

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