Las personas que realicen inversiones en nuevas plantaciones de reforestación tendrán derecho a deducir anualmente de su renta el valor de las mismas
De acuerdo con el artículo 157 del Estatuto Tributario, las personas naturales o jurídicas que realicen directamente inversiones en nuevas plantaciones de reforestación, de coco, de palmas productoras de aceites, de caucho, de olivo, de cacao, de árboles frutales, de obras de riego y avenamiento, de pozos profundos y silos para tratamiento y beneficio primario…
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