La exportación de servicios a una entidad que tenga algún vínculo económico en Colombia no tiene derecho a la exención del IVA
El Decreto 2223 de 2013 estipula que la “exportación de servicios” tendrá el derecho a la exención de impuesto sobre las ventas y a la devolución del mismo, siempre y cuando, dicho servicio solo sea usado en el exterior y expresamente por entidades y personas que no tengan ningún vínculo con actividades económicas o negocios…
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