Si el arrendamiento también pertenece al régimen simplificado no habrá obligaciones de asumir el IVA
El Decreto 522 de 2003 precisa que cuando el servicio de arrendamiento sujeto al impuesto a las ventas, sea prestado por un responsable del régimen simplificado, el arrendamiento deberá asumir el IVA en los términos señalados por los artículos 437 y 437-1 del Estatuto Tributario.
