Siguen en la mesa las discusiones sobre la deducibilidad de las regalías del sector de hidrocarburos

Siguen en la mesa las discusiones sobre la deducibilidad de las regalías del sector de hidrocarburos

El pasado 16 de noviembre, la Corte Constitucional emitió la Sentencia C-489 de 2023, donde declaró inconstitucional la modificación introducida por la Ley 2277 de 2022 al artículo 115 del Estatuto Tributario, la cual prohibía la deducción de los pagos por regalías en la producción de petróleo, gas y minería en el impuesto sobre la renta.

Ante esto, el 14 de diciembre de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) solicitó la apertura de un incidente de impacto fiscal (IIF) en respuesta a la decisión de la Corte donde expuso los efectos negativos en las finanzas públicas. Esta medida expuso la preocupación por las posibles devoluciones y pérdidas proyectadas para el año 2024, las cuales serían de 3.4 billones de pesos y 3.2 billones de pesos, correspondientemente.

La Corte Constitucional concedió la apertura del IIF el pasado 19 de enero, otorgando al Gobierno un plazo de 30 días hábiles para sustentar el incidente presentado. De ser admitido, conforme a lo establecido en la Ley 1695 de 2013, los efectos de la Sentencia C-489/2023 se suspenderán.

En línea con lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) solicitó a la Corte una aclaración sobre si la inconstitucionalidad de la prohibición de deducibilidad de las regalías debería aplicarse solo a partir de la sentencia. Sin embargo, la Corte consideró improcedente dicha solicitud al considerar que no buscaba aclarar la decisión, solo interpretarla constitucionalmente.

Ante este panorama, los contribuyentes, el Gobierno Nacional y el sector minero se encuentran a la espera de la decisión de la Corte Constitucional sobre los efectos prácticos del IIF.

Redacción INCP

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