Clasificación de un instrumento como pasivo y patrimonio bajo NIIF

Clasificación de un instrumento como pasivo y patrimonio bajo NIIF

El CTCP señala que en relación con la clasificación de un instrumento como pasivo y patrimonio, en primera instancia se debe considerar lo establecido en los párrafos 22.3 a 22.6 de la NIIF para Pymes. En el caso de los aportes de los socios de entidades cooperativas e instrumentos similares, estas partidas se clasifican como patrimonio si: a) la entidad tiene un derecho incondicional para rechazar el rescate de las aportaciones de los socios, o b) el rescate está incondicionalmente prohibido por la ley local, por el reglamento o por lo estatutos de la entidad.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-402-mit.pdf» color=»#47AFFF»] Concepto 402 / 13-07-2015  / Consejo Técnico de la Contaduría Pública[/cryout-button-color]

 Fuente: INCP – CTCP

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