Si el arrendamiento también pertenece al régimen simplificado no habrá obligaciones de asumir el IVA
El Decreto 522 de 2003 precisa que cuando el servicio de arrendamiento sujeto al impuesto a las ventas, sea prestado por un responsable del régimen simplificado, el arrendamiento deberá asumir el IVA en los términos señalados por los artículos 437 y 437-1 del Estatuto Tributario.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-31474.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 31474 (100208221 001424) / 29-10-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet