Devolución del impuesto sobre las ventas a los turistas extranjeros

Devolución del impuesto sobre las ventas a los turistas extranjeros

firma-3El Decreto 1903 de 2014 reglamenta el tema de la devolución del impuesto sobre las ventas (IVA) a los turistas y visitantes extranjeros no residentes en Colombia por la compra de bienes gravados, el valor a devolver es el cien por ciento (100 %) del IVA siempre que se cumplan las condiciones establecidas por dicho decreto; la solicitud debe ser efectuada personalmente por el turista antes del embarque al avión, ante la dependencia competente de la Dirección Seccional de Aduanas ubicada en el aeropuerto internacional, diligenciando debidamente el formulario habilitado para dicha devolución.

 Concepto 85 / 08-02-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Tomado de: Notinet

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