Si se exceden los límites en los pagos laborales, sin importar el carácter temporal, hay lugar a retención en la fuente
Cuando un funcionario de manera ocasional percibe un ingreso mensual que supera el límite definido por el Estatuto Tributario, es necesario practicar la retención en la fuente que se establece de acuerdo a la tabla para ingresos laborales gravados; de manera que sin importar el carácter temporal de los ingresos percibidos durante el mes se debe hacer la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, sin importar que el trabajador sea o no declarante de este tributo.
Concepto 8308 (100208221 000281) /12-04-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tomado de: Notinet
One Response
si yo trabaje durante 6 meses de contratista del instituto colombiano agropecuario ICA en el periodo de julio a diciembre del 2015. con un salario mensual de $ 4.0000.000 de pesos menos los de retefuente y seguridad social .¡ tengo que declarar? durante el semestre anterior o sea enero y junio no estaba laborando y no recibi salario por ningun concepto.