Para el régimen simplificado no es necesaria la expedición voluntaria de factura; tampoco es necesario solicitar autorización de numeración de la DIAN.
La expedición de factura o documento equivalente en Colombia, es de obligación para algunos contribuyentes, sin embargo, se aclaró en el Oficio 078516 de 2014, que quienes estén sujetos al régimen simplificado del impuesto a las ventas no están obligados a la expedición de esta. Sin embargo, en caso de querer generar la factura o documento equivalente, podrán hacerlo siempre y cuando se adhieran a lo dispuesto en la reglamentación sobre la expedición del mismo. Aclara el documento, que tampoco tendrán la necesidad de solicitar la debida autorización de numeración a la DIAN para su expedición.
Concepto 19338 (10202208 0726) / 2016-07-21 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Fuente: Redacción INCP