Se reglamentaría la tributación por presencia económica significativa
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió un proyecto de decreto* por medio del cual pretende realizar modificaciones al Decreto 1625 de 2016 para reglamentar la tributación por presencia económica significativa (PES) establecida en el artículo 57 de la Ley 2277 de 2022.
Entre otras cosas, este proyecto realizaría las siguientes modificaciones:
- Definir los conceptos de “cliente, usuario, interfaz y servicio digitales”.
- Establecer cuándo se configura la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en territorio nacional para efectos de la tributación por PES en Colombia.
- Establecer el contenido mínimo del formulario para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes con PES en Colombia.
- Determinar los plazos para la presentación de la respectiva declaración y pago del impuesto sobre la renta y sus complementarios, al igual que sus mecanismos de recaudo anticipado.
- Precisar aspectos relacionados con la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario (RUT), los cuales son aplicables a las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con PES en Colombia que opten por declarar y pagar el impuesto de renta y complementarios a través del formulario que se prescriba para tal fin.
Usted podrá enviar sus comentarios hasta el 15 de julio de 2023 por medio del siguiente formulario.
Para más información, consulte el proyecto a continuación.
Ver: Proyecto de decreto – MinHacienda
* ”Por el cual se reglamenta el artículo 20-3 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 57 de la Ley 2277 de 2022, se adiciona la Sección 4 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2, los incisos 5 y 6 al artículo 1.6.1.2.5., el literal o) al artículo 1.6.1.2.18. y el numeral 13 al artículo 1.6.1.2.19. del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6, se modifica el numeral 2 del artículo 1.6.1.2.5., el inciso 2 y el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.2.10., el numeral 11 del artículo 1.6.1.2.11., el parágrafo 5 del artículo 1.6.1.2.14., los literales j), k) y l) del artículo 1.6.1.2.18., el inciso del numeral 10 y el numeral 10.1 del artículo 1.6.1.2.19. del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6, del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con la tributación por presencia económica significativa -PES en Colombia”.
Redacción INCP