La mercancía exportada que no haya sufrido modificación en el extranjero se podrá importar sin el pago de los tributos aduaneros

La mercancía exportada que no haya sufrido modificación en el extranjero se podrá importar sin el pago de los tributos aduaneros

Se podrá importar sin el pago de los tributos aduaneros, cuando la mercancía exportada temporal o definitivamente que se encuentre en libre disposición, no haya sufrido modificación en el extranjero y sea la misma mercancía exportada, con la que se hayan cancelado los impuestos los impuestos internos exonerados que hayan reintegrado los beneficios obtenidos con la exportación.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-9677-dian.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 9677 / 26-03-2015 /  Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales [/cryout-button-color]


Tomado de: Notinet

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