En una rueda de prensa, ministra de Transporte explica que la base gravable para el impuesto vehicular no superará el 6,7 %
La base gravable que usan las secretarías de Hacienda en Colombia para fijar el impuesto vehicular para el año 2016 no deberá tener un aumento mayor al 6,7 %, además, se aclaró que las bases que estén por encima deberán ser ajustadas a este mismo porcentaje, y las que tengan uno inferior mantendrán su valor, según aclaró la ministra de Transporte, Natalia Abello Vives. También, señaló que se crearán unas líneas estándar para cada modelo y de esta forma tener una base gravable específica, lo que hará que el proceso sea mucho más sencillo para todos.
Redacción INCP a partir de artículo publicado por Ministerio de Transporte de Colombia
Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “El incremento de la base gravable para vehículos no superará el 6,7% este año” de la fuente Ministerio de Transporte de Colombia.
El incremento de la base gravable para vehículos no superará el 6,7% este año
La Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives, explicó en rueda de prensa que la base gravable que usarán las secretarías de Hacienda del país para liquidar el impuesto de vehículos con vigencia 2016 no tendrá un incremento superior al 6,7 por ciento.
“Los vehículos cuyo incremento en la base gravable supere el 6,7 por ciento este año, con la aplicación del factor de mitigación, se igualarán hacia abajo hasta este mismo porcentaje. Por su parte, los que hayan tenido un incremento inferior al 6,7 por ciento, el valor se mantendrá. Estas medidas se tomaron para reducir el impacto económico en el bolsillo de los colombianos”, anotó la Jefe de la Cartera de Transporte.
Actualmente de los 12 millones de vehículos activos en el parque automotor colombiano, más de 6,5 millones están exentos por la Ley 488 de 1998 del pago de este impuesto, como las motos de menos de 125 c.c. y los vehículos de transporte público de pasajeros y carga, entre otros.
“Adicionalmente, el resto de vehículos, los 5,5 millones obligados a pagar impuesto, recibirán un beneficio este año, gracias a que al 62 por ciento mantuvo su valor o se le redujo, y al 38 por ciento se le aplica el factor de mitigación anunciado”, enfatizó la Ministra Abello.
Para ayudar a simplificar los trámites, Abello indicó que se creará una línea estándar para cada modelo que tendrá una base gravable específica y que les permitirá a las secretarías de Hacienda liquidar el impuesto de las líneas que por el momento no estén en la tabla.
Al finalizar esta semana se entregará la actualización con estas directrices a las secretarias de Hacienda de las gobernaciones. “Tenemos equipos especializados tanto de la firma consultora como del Ministerio para atender todas las necesidades y responder rápidamente a la ciudadanía”, indicó Abello.
Gracias al trabajo de desagregación y actualización de las líneas de vehículos para la base gravable con vigencia 2016, el Ministerio de Transporte pasó de 3.000 a 10.000 líneas para acercar más sus bases de datos a la realidad del mercado. La Ministra lideró un encuentro con gobernadores y secretarías de Hacienda para definir los pormenores en la pronta aplicación de la metodología y el pago de los impuestos de vehículos.
Nota para editores
El Ministerio de Transporte fija la base gravable o valor de referencia para fines tributarios de cada línea de vehículo (carro o moto). Una vez se determina este valor las secretarías de Hacienda liquidan el impuesto.
El impuesto lo liquidan las secretarías teniendo en cuenta la base gravable del Ministerio de Transporte y los rangos fijados por el Ministerio de Hacienda:
- Hasta $ 42’673.000 1,5 %
- Más de $ 42’673.000 y Hasta $ 96’013.000 2,5 %
- Más de $ 96’013.000 3,5 %
Si los vehículos usados por efecto de su base gravable pasan en el 2016 a otro rango (por ejemplo, del A al B o del B al C) y en consecuencia se incremente el porcentaje a aplicar, cancelarán el impuesto con el porcentaje usado en el año fiscal 2015.
Fuente: Ministerio de Transporte de Colombia