¿Las primas de sobre aseguramiento de las EPS son objeto de gravamen?
En desarrollo de su actividad las EPS tienen derecho a obtener un margen de ganancia, pues solo pueden ser objeto de gravamen los recursos que las EPS y las IPS que captan por concepto de primas de sobre aseguramiento o planes complementarios por fuera de lo previsto en el POS y todos los demás que excedan los recursos exclusivos para la presentación del POS.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-23476.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 23476 (100208221 001051) / 11-08-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet