Obligaciones a incluir dentro del patrimonio a liquidar
Dentro del inventario del patrimonio a liquidar, se deben incluir, entre otros, todas las obligaciones a cargo de la sociedad deudora, inclusive aquellas que eventualmente puedan afectar dicho patrimonio, tales como los créditos litigiosos a favor o en contra. Teniendo en cuenta lo anterior, se debe entender que hasta tanto el liquidador no elabore el inventario de activos y pasivos de la compañía y lo someta a aprobación de la asamblea general de accionistas, no puede efectuar el pago de los créditos a cargo del ente jurídico.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-125816.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 220 125816 / 18-09-2015 / Superintendencia de Sociedades[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet