El riesgo de las LA/FT no puede establecerse simplemente como una prevención
Aun cuando la Circular Externa estudiada no limita los mecanismos que las compañías quieran establecer para la prevención del riesgo de LA/FT, con dicha norma no se ha pretendido, ni se puede pretender, dar instrucciones para la vulneración del orden jurídico superior, como lo pueden ser las normas de derecho comercial o de derecho societario con superior jerarquía, aplicables en materia de reserva de los libros y papeles del comerciante.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-131993.pdf» color=»#00aeef»] Concepto 220 131993 / 05-10-2015 / Superintendencia de Sociedades[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet