Normatividad no impide que una persona sin ánimo de lucro haga parte de una sociedad comercial
La persona jurídica sin ánimo de lucro, ya se trate de una fundación, asociación o una cooperativa, puede ser accionista de una sociedad comercial; no existe disposición legal que impida que la misma o varias constituyan una sociedad comercial para la ejecución de determinado proyecto.
Concepto 220 159869 / 27-11-2015 / Superintendencia de Sociedades
Tomado de: Notinet