Clasificación de las actividades mercantiles y no mercantiles
El Código de Comercio en sus artículos 20 y 23 establece, respectivamente, la clasificación entre actividades mercantiles y no mercantiles, perteneciendo a esta última categoría lo relacionado con ganadería y agricultura; por lo tanto el hecho de que una persona realice actividades que no sean mercantiles y a la vez se encuentre registrada en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, no le otorga necesariamente la calidad de comerciante ante la ley.
Concepto 220 051729 / 08-03-2016 / Superintendencia de Sociedades
Tomado de: Notinet