Reuniones universales y quórum deliberativo en las sociedades
Los socios de toda compañía se reunirán en junta de socios o asamblea general ordinaria una vez al año, por lo menos, en la época fijada en los estatutos, en la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los cuales se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias la asamblea podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de los directores o de cualquier asociado.
Concepto 220 094367 / 31-05-2016 / Superintendencia de Sociedades
Tomado de: Notinet