Conflicto por distribución de pasivo pensional entre municipios puede ser dirimido por un juez de la república
Las ordenanzas que expide para la distribución del pasivo pensional es un acto administrativo, por lo tanto contra el mismo proceden los recursos en sede administrativa, lo mismo que la posibilidad de demandarlo ante la jurisdicción contencioso administrativa. Igualmente cuando no haya consenso frente a la manera de dirimir la distribución o concurrencia del pasivo pensional entre los dos municipios, es procedente acudir ante un juez de la República para que dirima el conflicto a través de una acción de cumplimiento u otra cualquiera que pudiera determinarse con el mismo objetivo.
Concepto 29348 / 30-07-2015 / Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Tomado de: Notinet