Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deberán hacer su contribución según el artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre del año  

Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deberán hacer su contribución según el artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre del año  

contableLa Superintendencia Financiera expedirá y remitirá a las entidades que vigila las facturas de cobro, según la tarifa establecida, de las contribuciones que deben hacer estas organizaciones, y que corresponden al presupuesto de la Superintendencia en conformidad con la ley. Según los cálculos hechos, el valor establecido en total de todas las contribuciones que se deben hacer es de $74.640.985.210 para el primer semestre del 2016. La Superintendencia Financiera señala que estos aportes deberán ser pagados dentro de los plazos fijados y por medio del sistema PSE – Pagos en Línea, dentro de la página www.superfinanciera.gov.co.

 Redacción INCP a partir de artículo publicado por Superintendencia Financiera de Colombia

 Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Contribuciones del artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre de 2016” de la fuente Superintendencia Financiera de Colombia.

 Contribuciones del artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre de 2016

 De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, es función del Superintendente Financiero fijar las tarifas de las contribuciones que deben pagar las entidades vigiladas necesarias para el presupuesto de la Superintendencia, de conformidad con la ley.

 A su vez, el numeral 5º del artículo 337 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero dispone que tales tarifas se apliquen por categorías de entidades vigiladas sobre el monto de los activos que registren a junio 30 de 2015.

 Teniendo en cuenta el presupuesto de la Superintendencia Financiera para la presente vigencia, se establece el valor de dichas contribuciones en la suma de $74.640.985.210.00 para el primer semestre de la misma. El factor aplicado a cada entidad vigilada es de 0.00011682 y corresponde al valor total de la contribución del primer semestre, sobre el valor de los activos de todas las entidades vigiladas sujetas a contribución, registrados a junio 30 de 2015.

 Para efectos del pago de la contribución respectiva, la Superintendencia Financiera de Colombia expedirá y remitirá a las entidades vigiladas las facturas de cobro correspondientes, la cual deberá ser cancelada dentro del plazo establecido, a través del sistema PSE – Pagos en Línea, ingresando a la página Web: www.superfinanciera.gov.co.

 El plazo máximo de pago es el día 26 de febrero del 2016.

 Circular Externa 006 / 11-02-2016 / Superintendencia Financiera de Colombia

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 Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia

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