Correcciones o modificaciones de los errores en el periodo de transición
El CTCP señala que de acuerdo con la Sección 35 de la NIIF para las Pymes, una entidad durante el periodo de transición tiene derecho a corregir o modificar el Estado de Situación Financiera de Apertura – ESFA, puesto que la contabilidad oficial aún se encuentra en los términos expuestos en los Decretos 2649 y 2650 de 1993. Sin embargo, al trasmitirlo previamente a la entidad de inspección, vigilancia y control, esta última tiene el derecho de solicitar a la entidad que sustente los cambios efectuados durante este periodo.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-782.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 782 / 07-10-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública[/cryout-button-color]
Fuente: CTCP