Ley de emprendimiento juvenil – Ley 1780 de mayo de 2016
Con el objeto de impulsar la generación de empleo para los jóvenes entre 18 y 28 años de edad, la Ley 1780 de mayo de 2016 incentiva la creación de nuevas empresas que cumplan las condiciones conforme al artículo 2° de la Ley 1429 de 2010, adicionalmente:
-Exención del pago de la matrícula mercantil y su renovación del primer año siguiente al inicio de la actividad principal.
-No realizan aportes a Cajas de Compensación durante el primer año de vinculación de nuevo personal que al momento del inicio del contrato de trabajo tengan entre 18 a 28 años de edad.
Fuente: Boletín BDO TAX No 6 – 2016 (BDO)