CTCP aclara capitalización de costos de nómina en desarrollo de intangibles bajo NIIF

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) publicó el Concepto No. 0017 de 2025 en el que resolvió una consulta relacionada con la capitalización de costos de nómina en la fase de desarrollo de activos intangibles bajo NIIF plenas.
La entidad respondió que los costos de nómina, incluyendo salarios y aportes a seguridad social, pueden ser incorporados al valor del activo siempre que contribuyan directamente a su creación, conforme a lo establecido en la NIC 38 – Intangibles. No obstante, aclaró que los gastos administrativos y otros costos indirectos no forman parte del activo intangible, salvo que puedan ser directamente atribuidos a su preparación para el uso.
También enfatizó que, para reconocer un activo intangible desarrollado internamente, la entidad debe demostrar el cumplimiento de ciertos criterios, como la viabilidad técnica del proyecto, la intención de completarlo y la capacidad de generar beneficios económicos futuros. Señaló que la medición confiable de los costos atribuibles es fundamental, lo que incluye los desembolsos necesarios para del activo intangible.
Finalmente, el CTCP recordó que la aplicación del juicio profesional es clave para determinar qué beneficios a empleados pueden ser considerados costos capitalizables. En este sentido, actividades como la documentación, priorización y coordinación de recursos no necesariamente cumplen con los requisitos de capitalización, a menos que se demuestre su contribución directa al desarrollo del activo.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 0017 de 2025 – CTCP
Redacción INCP