¿Cómo se reconocen contablemente los equipos utilizados en instalaciones de terceros?

¿Cómo se reconocen contablemente los equipos utilizados en instalaciones de terceros?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 325 de 2025, en el que aclaró el tratamiento contable aplicable a equipos médicos adquiridos por una sociedad para fines promocionales y utilizados en las instalaciones de terceros.

En primer lugar, el organismo normalizador precisó que, para entidades que aplican la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para Pymes), el marco técnico relevante es la Sección 17 – Propiedades, planta y equipo, incorporada en el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015*.

Según el CTCP, un elemento se reconoce como propiedad, planta y equipo cuando es probable que genere beneficios económicos futuros y su costo pueda medirse con fiabilidad. En el caso referido, si la empresa conserva la propiedad legal de los equipos, mantiene la capacidad de decidir sobre su uso o destino final y espera obtener beneficios económicos futuros, aunque sean indirectos, estos cumplen los criterios para ser reconocidos como activos.

El CTCP también aclaró que el hecho de que los equipos se encuentren físicamente en las instalaciones de un tercero no implica, por sí solo, que deban llevarse al gasto. El criterio determinante es el control económico del recurso, entendido como la capacidad de dirigir su uso y obtener los beneficios derivados de él, no solo la posesión física.

En ese sentido, mientras la entidad no transfiera la propiedad, conserve la facultad de retirarlos o reasignarlos y mantenga la expectativa de beneficios futuros, debe mantener el reconocimiento contable del activo. Solo si en la práctica pierde el control, por ejemplo, si el tercero consume sustancialmente los beneficios y asume los riesgos asociados al uso, correspondería evaluar la baja del activo conforme a la Sección 17 de la NIIF para Pymes.

Para más detalles, consulte el documento a continuación.

Ver: Concepto 325 de 2025- CTCP

*Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones.

Redacción INCP